
La conocida «Ley del Mono» se origina en el año 1998, época en que la prensa y los municipios lograron posicionar esta modalidad de regularización en el imaginario colectivo hasta el día de hoy y cuyo nombre hace referencia a que en un momento se permitía que en lugar de planos, se presentar un croquis a la municipalidad, lo que se conoce en nuestro país como «un mono». En este artículo haremos una revisión histórica de sus distintas versiones, a fin de colaborar a un mejor entendimiento del proceso de este tipo de leyes y aclarar las dudas que nos llegan a nuestro correo.
PRECEDENTE
Ley N° 18.591 , que establecía un procedimiento para regularizar las edificaciones o ampliaciones sin permiso de edificación en conjunto con el Servicio de Impuestos Internos (SII).
PRIMERA «LEY DEL MONO»
Ley N° 19.583, que repitió el mismo espíritu de la Ley del 1986, con el fin de regularizar la situación de aquellos inmuebles sin permiso de edificación y/o recepción final.
MEJORAS A LA LEY Y PRORRÓGA
En marzo del año 2000 se establecieron correcciones y mejoras mediante la Ley N° 19.667 y un año de prórroga.
UNA NUEVA PRÓRROGA
Se realiza mediante la Ley N° 19.727 una nueva prórroga hasta marzo de 2002.
ENFOCADO EN LA VIVIENDA SOCIAL
Se publica la Ley N° 20.251 que en su titulo señala «Establece un procedimiento simplificado para los permisos de edificación de Viviendas Sociales»,
SE RENUEVA LA LEY 20.251
Se publica la Ley N° 20.671, con el fin de renovar la vigencia hasta junio de 2015
PRÓRROGA Y MAYOR SUPERFICIE
Ley N° 20.772, que aumenta la superficie regularizable hasta los 90 m2 y plazo hasta 29.08.2016
LEY 20.898
Actualmente vigente, permite regularizar viviendas y microempresas.
LEY 21.141
Amplia por 3 años la vigencia (hasta febrero de 2022) solamente para viviendas
1987: Precedente
Antes de la citada ley de 1998, en el año 1987 existió un precedente mediante la promulgación de la Ley N° 18.591 , que establecía un procedimiento para regularizar las edificaciones o ampliaciones sin permiso de edificación en conjunto con el Servicio de Impuestos Internos (SII). En esos años se trabajaba en base a la información de la propiedad existente en el SII, por lo que mediante el avalúo fiscal se pretendía determinar las propiedades irregulares. Entre sus principales características se encontraban:
- Existía una rebaja en los derechos municipales para las viviendas económicas del 25%.
- Se determinaba un plazo cercano a un año para obtener el permiso de edificación y de 2 años y medio para la Recepción Definitiva.
- No era requisito contar con el patrocinio de un profesional (arquitecto).
- Sin límite de superficie.
1998: La famosa «Ley del Mono»
El 14 de septiembre de 1998 se publicó la Ley N° 19.583, que repitió el mismo espíritu de la Ley del 1986, con el fin de regularizar la situación de aquellos inmuebles sin permiso de edificación y/o recepción final, con las siguientes características.
- Vigencia de 18 meses a partir de su publicación.
- Limite de superficie diferenciado según destino: para viviendas hasta los 70 m2 de superficie, edificios de organizaciones comunitarias hasta los 300 m2 y microempresas hasta los 200 m2.
- Rebajas en derechos municipales entre 50% y 75%.
- Se exige el patrocinio de un arquitecto o profesional competente
- Se establece el requisito de contar con servicios sanitarios, no estar emplazados en áreas de restricción y cumplir con las normas de seguridad y estabilidad.
2000: Mejoras a la Ley anterior.
En base a los inconvenientes que trajo la aplicación de la Ley de 1998, en marzo del año 2000 se establecieron correcciones y mejoras mediante la Ley N° 19.667, entre las cuales se cuentan:
- Se renueva el plazo hasta el 31 de marzo del año 2001.
- Se aumentan las superficies máximas, en vivienda hasta los 100 m2 y en microempresas hasta los 300 m2.
2001: Otra prórroga.
El 23 de abril del año 2001, se realiza mediante la Ley N° 19.727 una nueva prórroga, con los siguientes alcances:
- Se amplía el plazo de vigencia hasta el 31 de marzo del año 2002.
- Se permite que los planos sean solamente un plano a mano alzada, en una hoja cuadriculada, a modo de que el dibujo sea a escala.
2008: Enfocado en la vivienda social.
El 4 de marzo del año 2008, 6 años desde que caducara la anterior ley, se renueva la norma enfocándose en las viviendas sociales, y se publica la Ley N° 20.251 que en su titulo señala «Establece un procedimiento simplificado para los permisos de edificación de Viviendas Sociales», que a su vez conlleva una modificación a la Ley General de Urbanismo en su artículo 116 bis D. Asimismo, establece los requisitos tanto para la ampliación de viviendas sociales, aquellas que se encuentren en zona de catástrofe y las que sean anteriores al 31 de julio de 1959, modificando de este modo la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. En lo que corresponde a las viviendas sociales se establece:
- Quedan exentas de pago de derechos municipales.
- Solo para viviendas sociales de valor de tasación de la construcción inferior a 520 UF y hasta los 140 m2 construidos. (Art. 1°)
- La construcción debe haber sido realizada antes de la publicación de la Ley.
- Aplica también para ampliaciones de viviendas sociales hasta los 25 m2. (Art. 2°)
- Vigencia de 2 años, es decir hasta el 4 de marzo de 2011.
2013: Se Renueva la Ley 20.251
El 8 de junio de 2013 se publica la Ley N° 20.671, con el fin de renovar y modificar los beneficios de la anterior normativa del año 2008, según sigue:
- Sólo para ampliaciones de hasta 25 m2. realizadas en Viviendas Sociales.
- Vigencia de 2 años, hasta el 8 de junio de 2015.
2014: Renovación y mayor superficie.
El 29 de agosto de 2014 se promulga la Ley N° 20.772, con el fin de modificar la Ley del Mono promulgada en junio de 2013, con los siguientes alcances.
- Se establece que la superficie total a regularizar, es decir, la vivienda original más la ampliación, no pueden sobrepasar los 90 m2.
- Se determinan requisitos de habitabilidad en cuando a la altura mínima interior y de las normas de seguridad contra incendio.
- Vigencia de 2 años hasta el 29 de Agosto de 2016.
2016: Ley 20.898
Actualmente vigente hasta febrero de 2019, pueden revisar los detalles en este enlace. Fue actualizada en enero de 2019 para renovar su vigencia por 3 años, hasta febrero de 2022 por la Ley 21.141.