¿QUE PASA SI NO REGULARIZO MI PROPIEDAD?

Es sabido que no todas las personas que realizan modificaciones o ampliaciones en sus casas se asesoran por un profesional al momento de construir, y mucho menos regularizan las propiedades o solicitan los permisos respectivos luego de que estas se terminan. Razones para esto hay muchas, y la mayoría de las personas solo recurre a regularizar sus propiedades cuando se ve en la obligación de hacerlo, ya sea por multas o en caso que quieran venderlas, ya que los bancos exigen que estas tengan sus papeles al día.

Como explicamos anteriormente, las propiedades están afectas a un impuesto territorial, cuyo valor se actualiza de acuerdo a las edificaciones presentes en cada predio. Pues bien, si esta información no es actualizada, el Servicio de Impuestos Internos (SII) de acuerdo al Articulo 19 de la Ley Nº17.235 de Impuesto Territorial señala:
En los casos en que, con ocasión de nuevas construcciones, ampliaciones o instalaciones, deba procederse al cobro retroactivo de contribuciones… aquél se hará efectivo a contar del 1º de enero del año siguiente al de la  correspondiente  inscripción de dominio en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces

Es decir, SII tiene la facultad de cobrar impuestos (o contribuciones) retroactivos hasta por un plazo de 3 años hacia atrás en caso de construcciones no regularizadas.

Por otro lado, la Ley General de Urbanismo y Construcción señala:
Las construcciones que se ejecutaren sin el previo permiso de construcción, desde la publicación de la presente ley, pagarán un recargo del 50% del derecho municipal que correspondiere pagar al momento en que el interesado solicitare regularizar su situación.
(Art. 133 LGUC)

En caso que no se regularice la edificación o ampliación, el Director de Obras puede denunciar tal situación al Juez de Policía Local correspondiente, quien condenará al infractor con una multa y además un recargo de un 100% de los derechos municipales, es decir, pagará el doble. Una vez que el pago sea verificado se dará por regularizada la construcción, luego de la previa presentación de los antecedentes correspondientes.

Para evitar estos problemas y recargos en los derechos municipales e impuestos, antes de construir asesórese por profesionales, o bien REGULARICE cuanto antes su propiedad, contáctenos a través de nuestro formulario de presupuesto.
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5 comentarios

  1. Una consulta, para una ampliacion pequeña (50m2) que me conviene, ¿pedir permiso de edificacion en la municipalidad? o ¿terminar la ampliacin y regularizar?

  2. Lo primero es asesorarse por un profesional para verificar si su ampliación cumple con las exigencias de la normativa. Luego se solicita el permiso de edificación, con el cual usted puede edificar sin problemas posteriores.

  3. Voy a comprar una propiedad que no tiene la ampliación de segundo piso 3 dormitorios y 1 baño regularizado.
    Como me afecta a la hora de la tasación?

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