“Relación del número máximo de personas por metro cuadrado… para el calculo de los sistemas de evacuación según el destino del edificio o de sus sectores si contiene diferentes usos.»

OGUC

Así define la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones el concepto de Carga de Ocupación, que trataremos en este post. Para saber cual es la carga de ocupación de un edificio se debe recurrir a lo contemplado en el Articulo 4.2.4, específicamente lo señalado en la Tabla de Cargas de Ocupación.

tabla-carga-ocupacion

Imagen: Tabla Carga de Ocupación

Allí se distinguen según su destino o uso, los recintos y tipologías de edificación, llámense estas: Vivienda, oficinas, comercio, colegios, hospitales, teatros, etc. De acuerdo a los metros cuadrados por persona que correspondan al destino se debe realizar el calculo.

Por ejemplo: si tenemos una vivienda con una superficie útil de 126 m2 su carga de ocupación será de 6,3 personas ya que la Tabla señala una relación de 20,0 m2 por persona para viviendas de superficie entre 60 y 140 m2.

Esta cifra nos determina distintos otros conceptos tales como:

– Si la carga de Ocupación de un edificio es mayor a 100 personas, y su destino es equipamiento este se considera como Edificio de Uso Publico y sus tramitaciones deben contar con un Informe favorable de un Revisor Independiente.
– Cantidad, ancho y distanciamiento de las vías de evacuación como las escaleras, pasillos y ascensores.
Estudio de Evacuación, en edificios de gran escala, que determina las vías de escape que deben de existir en el proyecto de acuerdo a la cantidad de personas que lo usen, según la normativa respectiva.
Escalas de Equipamiento, siendo estas según la carga de ocupación: Mayor (sobre 4.000 personas); Mediano (mayor a 1.000 y menos de 4.000 personas); Menor (entre 250 y 1.000 personas); y Básico (menor a 250 personas).
Accesos para Discapacitados: en edificios colectivos o educacionales con una carga superior a 50 personas, de uso publico y/o que presten servicio a la comunidad sin importar su carga. (Art. 4.1.7)

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8 comentarios

  1. Saludos, creo que hay un dato mal ahi donde sale 30.0m2 de la tabla, deberia ser 20m2

    Una consulta, como se saca la Superficie Util? es lo mismo que la superficie para cobros municipales? es decir tomando el 50% en espacios abiertos y todo eso?

  2. Hola! muy buena web, tengo una duda: ¿cómo calcular la cargo ocupacional para un museo?…¿será lo mismo que para una sala de exposición?…Si me pueden ayudar, gracias

  3. Como la unidad de la resultante del calculo de la C.O. es «personas», cuando el calculo es un numero con fracción, deduzco que se debe aproximar al número entero, ya que una fracción de persona en la práctica no entraría en el recinto. Ejemplo 4,8 personas, se aproxima a 4 personas, ya que 0,8 fracción de persona es una «persona descuartizada». Esto se puede deducir del art. 4.2.4. donde la tabla habla de personas por m2, en números redondos, enteros. Consulta ¿Cómo se aplica realmente este calculo?, ya que me he encontrado con ambas situaciones en DOM, persona entera y persona fraccionada. Yo en lo personal, creo que es una persona entera, ¿alguien me puede aclarar o indicar alguna DDU que lo interprete?.

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