AMPLIACION VIVIENDA SOCIAL : requisitos y antecedentes

Como vimos anteriormente, existe un procedimiento simplificado para regularizar una ampliación realizada en una Vivienda Social, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley y en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, Art. 5.1.4 Numero 2, Letra A referido Permiso de Obra Menor de Ampliación de Vivienda Social.

Los requisitos necesarios para acogerse a este tipo de regularización son:

– Vivienda Social cuyo valor de tasación sea menor a las 400 UF.
Poseer Recepción Final anterior a la tramitación, de lo contrario debe acogerse al Articulo 1º de la Ley del Mono 2008.

Los antecedentes requeridos para la tramitación del Permiso son los siguientes:

  • Solicitud de Permiso de Obra Menor de Ampliación de Vivienda Social: firmado por el propietario y el arquitecto, y Declaración simple del propietario manifestando ser titular del dominio del predio, ambos contenidos en el Formulario 1.5 que usted puede descargar aquí.
  • Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  • Informe del arquitecto que suscribe el proyecto, que certifique la forma en que la ampliación cumple con las normas señaladas en este numeral, según corresponda.
  • Croquis de emplazamiento, a escala, en que se grafique la edificación existente y la ampliación.
  • Plano a escala 1:50, en que se grafique planta general y elevaciones con las cotas mínimas indispensables, que permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor con individualización de los recintos y cuadro de superficies.
  • Especificaciones técnicas resumidas, señalando las partidas más relevantes de la obra.

Posteriormente a la obtención del Permiso de Obra Menor de la Ampliación, se debe proceder a obtener la Recepción Final, de acuerdo a como explicamos en estos artículos.

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