
Una nueva versión de la conocida Ley del Mono, en su versión 2016 fue publicada el pasado 04 de febrero. La Ley N° 20.898, que «Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción» en esta ocasión presenta 3 principales beneficiarios, en cada uno de los 3 títulos que la componen:
- Viviendas de hasta 90 m2 y hasta 140 m2.
- Microempresas inofensivas y Equipamiento Social
- Viviendas financiadas con subsidios del pasado terremoto del 27 de febrero de 2010.
Cada uno de estos 3 títulos tiene procedimientos diferenciados para regularizar, los cuales iremos detallando en los siguientes artículos relacionados, ya que el texto de la ley es extenso en cuanto a los requisitos que deberán cumplirse para cada título, los cuales hemos resumido en el siguiente cuadro, en sus principales características.
REQUISITOS GENERALES
- Las edificaciones deben haber sido construidas con anterioridad al 04.02.2016, lo cual deberá certificarse mediante planos anteriores aprobados por la DOM, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales u otros similares.
- La normativa rige para viviendas de áreas tanto urbana como rurales.
- No deben estar emplazadas en áreas de riesgo, o estar afectos a utilidad pública o emplazadas en bienes nacionales de uso público y deben estar en zonas residenciales definidas por el Plan Regulador respectivo.
- No tener reclamaciones escritas pendientes ante la DOM o el Juzgado de Policía local por incumplimiento de normas urbanísticas.
- En caso de viviendas en «condominios» o acogidas a la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, deberán contar con la respectiva autorización de la asamblea de copropietarios.
- No es requisito para esta Ley la obtención del Certificado de Informes Previos (CIP).
- El avalúo se verificará mediante la presentación de un Certificado de Avalúo Detallado emitido por el Servicio de Impuestos Internos.

VIGENCIA:
Hasta el 04 de febrero de 2022, es decir, 6 años desde su publicación, a excepción del título III cuyo plazo es de 2 años.
(Actualizado el 31 de Enero en la Ley N° 21.141, como se detalla en este artículo)
FORMULARIOS:
Asimismo, dejamos para su descarga los formularios únicos que para esta nueva ley ha distribuido el MINVU.
- Formulario 12.1 : Solicitud Regularización vivienda hasta 90 m2.
- Formulario 12.4: Solicitud Regularización vivienda hasta 140 m2.
ACTUALIZACIÓN:
La modalidad para microempresa inofensiva no está vigente desde febrero de 2019.
50 comentarios
Estimado,
Quisiera consulta lo siguiente-:
MI casa original era de 90 metros construidos, pero hice una ampliación de 80 metros, por lo que excedo los 140 metros maximo de a ley del mono, pero mi avaluo es inferior a las 2.000 UF, existe la posibilidad de que se puediese acoger una solicitud como la que he descrito?,
Atte
Ricardo Gonzalez
Ricardo:
Los requisitos son complementarios, es decir, su vivienda debe cumplir tanto con la superficie máxima como con el tope de avalúo.
Todas las solicitudes deben ir patrocinadas por un arquitecto, quien se hace responsable por la edificación realizada ante la ley.
(ver articulo relacionado en http://www.asesoriasayc.cl/arquitectos-responsabilidades-sanciones/ )
Saludos.
Estimado, quisiera realizar la siguiente consulta:
Mi casa, que es parte de una etapa de construcción de una villa, es originalmente de 45 m2 que posteriormente amplié a 130 m2 aproximadamente. Pero esta presenta recepción final del conjunto habitacional del año 2000. ¿aplicaría para este tipo de regularización? lo pregunto ya que para acreditar que es una construcción anterior al 02 febrero 2016 se puede hacer mediante planos anteriores aprobados por DOM,
Atte,
Rodrigo
Rodrigo:
Para acreditar la antiguedad de la vivienda se puede presentar una boleta de servicios o algún otro documento que acredite la existencia de la edificación (ampliación en este caso).
Los planos que usted menciona entiendo que son de la construcción original, por lo que no servirian en este caso, ya que no contemplan la ampliación que se quiere regularizar.
Saludos.
Estimado:
Si la vivienda posee recepción final cuando la compraron (es decir solo el primer piso), es posible realizar la regularización (dos pisos actualmente) a través de la ley 20898?
Si es posible acoger ampliaciones realizadas en viviendas con recepción final.
Saludos.
Estimado, con el item no debe tener recepcion final previa se refiere al total de la construcción, en mi caso mi casa tiene una recepción muy antigua de 70 mts2 y actualmente amplie hacia arriba por lo que aparecio en sii 140mts2, puede ser regularizada o no??
Gracias por su respuesta.
Andres:
si puede ser regularizada.
Para solicitar un presupuesto de nuestra asesoría complete el formulario en http://www.asesoriasayc.cl/formulario-presupuestos/
saludos
Estimado, mi casa es de 50 metro cuadrados con una ampliación de 68 metros cuadrados, no excedo los 140 permitidos, ya tengo los formularios en mi poder ademas del plano, mi consulta es, necesariamente los planos deben ir firmados por un arquitecto.
gracias.
Francisco:
La ley así lo estipula, puede solicitar nuestra asesoría en este formulario.
http://www.asesoriasayc.cl/formulario-presupuestos/
Saludos.
Que pasa si la vivienda no tiene avaluo en el SII como es relativamente nueva aun no esta en los registros?
Paula:
en ese caso se deberá comprobar mediante los otros antecedentes que permite la ley, como:
– Planos aprobados
– Cuentas de servicios
– Certificado de Contribuciones
– Catastros municipales o de otros organismos públicos
Algunos municipios también aceptan un informe gráfico visado por el Arquitecto Patrocinante.
Saludos.
Hola, una vivienda de 130 m2 que no ha sido regularizada, pero tengo una duda, el avaluo del SII es mas de las 2.000 UF, no califica? El avaluo se debe referir a la vivienda en si, o incluye el terreno ? porque los avaluos del SII incluyen el sitio. Quiere decir que la norma solo se podria aplicar a viviendas que no se encuentren en comunas del oriente de Santiago ?
Marcela:
El espíritu de la Ley del Mono es beneficiar a las viviendas sociales de autoconstrucción, por lo que se establece tal límite de avalúo.
Su vivienda se puede regularizar por el procedimiento normal, es decir solicitando primero el Permiso de Edificación y luego la Recepción Final.
Para solicitar un presupuesto complete el formulario en este enlace
Saludos.
like!
Estimados consulta, aunque se realice por la ley del mono, la regularización debe hacerla un arquitecto??’
Marina:
Siempre debe asesorarse por un Arquitecto. Antiguamente existió una Ley del Mono que no requería Arquitecto pero esa ya no está vigente.
Saludos.
Hola
tengo una propiedad que tiene una ampliación de 2,5 x 3 mts, incluyendola el inmueble es de 70 mts2
Es una ampliación muy antigua, año 1990, de propietarios anteriores. ¿como puedo regularizarlo? puede ser mediante la ley del mono? Gracias.
Haylin:
Su caso si puede regularizarse mediante la ley del mono, lo importante es tener los antecedentes de los permisos anteriores de la vivienda.
Para solicitar un presupuesto por nuestra asesoría puede completar este formulario http://www.asesoriasayc.cl/formulario-presupuestos/
Saludos.
Como puedo saber si una ampliacion esta regularizada, pues auque la persona que me vendio, me indico que lo estaba, pero yo tengo dudas, ya han pasado 11 años que compre, casa usada.
Gracias
Sergio:
Para conocer el estado de una propiedad en cuanto a permisos y recepciones, debe usted acudir a la Dirección de Obras de su municipalidad a consultar.
Saludos.
Cuando habla de que las edificaciones deben haber sido construidas antes del 04.02.16, se refiere a las ampliaciones?? realice una ampliación y cumplo con los requisitos de dimensiones, pero está se realizó con fecha posterior a la indicada y quiero regularizar a través de esta ley, esto es posible?
Lissette:
No es posible regularizar si su ampliación es posterior a la fecha indicada.
Para ver otras formas de regularizar, puede escribirnos a nuestro correo.
Saludos.
Buenas tardes Estimado, muchas gracias por tomarse el tiempo de mantener su web tan útil para todos. Tengo una duda: Si no es requisito para esta ley la obtención del Certificado de Informes Previos ¿Cómo se si mi vivienda está o no emplazada en Zona de Riesgo?
Nano:
El arquitecto patrocinante debe conocer la normativa de su comuna y es quien debe asesorarlo en ese punto.
Saludos.
Consulta
Cuando indica que las edificaciones deben haber sido construidas antes del 04/02/2016, se refiere a la construccion original o la ampliacion. Pregunto porque mi casa tiene una antiguedad de unos 3 años app y este mes realizamos una ampliacion que sumo 12m² a los 57m² ya contruidos. Podré regularizarlo con esta ley?
saludos
Romina:
Si es posible regularizar mediante esta ley, siempre que se pueda comprobar la antiguedad de la edificación. Para mayores detalles escriba a nuestro correo.
Saludos.
QUE PASA CON LA INSTALACION ELECTRICA QUE PRESENTA UNA AMPLIACION, COMO LO TOMA LA LEY DEL MONO..NO SE NECESITA CERTIFICARLA ANTE EL SEC
Patricio:
No es requisito para esta Ley del Mono presentar la Certificación de las instalaciones interiores, el Arquitecto patrocinante debe certificar que estas funcionan correctamente y de acuerdo a la normativa vigente.
Saludos.
buenos días mi consulta es tengo una casa de vivienda social que mide 60 m2 y una ampliación de 20 m2 y una futura ampliación segundo piso que aun no se construye 60 m2 total 140 m2 la consulta es si me puedo acoger a la ley del mono aunque el futuro segundo piso aun no se construya
resumen
vivienda social 60 m2 CONSTRUIDA
ampliación primer piso 20 m2 CONSTRUIDO
futura ampliaciÓn segundo piso 60 m2 POR CONSTRUIR
Pepe:
La Ley del mono actualmente vigente solo permite regularizar edificaciones existentes de manera previa a febrero de 2016, por lo que su proyecto no podría acogerse a esta ley.
Saludos.
saludos:
Mi duda es con respecto a una ampliación destinada a garaje, el cual esta techada y adosada, pero abierta hacia el frente y costados, soportada por pilares de madera de 4″x4″, me refiero a que no tiene forro hacia el deslinde adosado quedando transparente hacia el vecino (reja y luego pandereta). debo cumplir con la resistencia al fuego de f-60?
Alexis, puede revisar este artículo para aclarar su consulta.
https://www.arqydom.cl/cobertizos-cuando-se-permiten/
Si requiere mayores detalles puede escribir a nuestro correo.
Saludos.
saludos, mi duda es: para una regularizacion por ampliacion (30 m2) se necesita la firma de un arquitecto en los planos a ingresar en la municipalidad para la regularizacion?
María, siempre se requiere de un Arquitecto para regularizar, antiguamente hubo una ley que no lo exigia pero ya no está vigente.
Saludos.
Buen día
Quiero regularizar mi propiedad de 80m2 con una ampliación de 20m2, solicité un certificado de avalúo detallado, pero este se divide entre avalúo total, avalúo afecto a impuesto y avalúo exento de impuesto, cual utilizo? puesto que si es el total a la UF de hoy me da 2060UF, y tengo esa duda.
Quedo atento y además consulto como me contacto con uds.
Ivan, se considera el avalúo total.
Para contactarnos puede llenar este formulario https://www.arqydom.cl/formulario-presupuestos/
Saludos.
Hola
mi consulta es si para cumplir los montos máximos de avalúo, se considera el valor final, excluidos los montos exentos o si se considera solo el valor del avalúo de la vivienda.
Eduardo, entendemos que el avalúo exigido es solamente para lo que indica el Certificado, no hay información clara al respecto por parte del MINVU, pero esa es nuestra interpretación.
Saludos
Hola, una consulta, tengo una casa de subsidio del año 2012, de 48 m2, el año 2013 realize una ampliación de 24 m2, mi consulta es posible regularizar la por la ley 20898
Si es posible, puede solicitar nuestra asesoría en https://www.arqydom.cl/formulario-presupuestos/
Buenas tardes, consulta, ¿la ley del mono aplica para un vivienda construida recién el año 2017 (término de construcción en dic del año indicado? teniendo boletas de luz y agua recién en año 2018.
Espero su respuesta, gracias de antemano
No aplica, es solamente para viviendas construidas antes de febrero de 2016.
Una consulta, que pasa si la casa no tiene antecedentes en la municipalidad? Se puede ingresar por la ley del mono?
Melissa:
si no existen antecedentes esto quiere decir que no tiene permisos previos, por lo que si puede acogerse a esta ley, siempre que cumpla con los requisitos comentados.
Saludos.
Buenos días.
Necesito regularizar casi 100 m2 de un 2 piso , el primer piso tiene 90 m2 regularizados (ley 19.583) ahora sobrepaso los 140m2 para regularizar por ley del mono, favor indiqueme que documentos debo solicitar para regularizar mi propiedad por la ley normal, el primer y segundo piso fueron construidos antes del 2016.
Nibaldo:
Puede revisar los requisitos para solicitar un permiso de Obra Menor (ampliación hasta 100 m2) en el siguiente enlace:
https://www.arqydom.cl/obra-menor-requisitos-y-antecedentes/
Saludos
Gracias por existir 😀 me salvaron la vida