LEY DEL MONO 2016: características

Una nueva versión de la conocida Ley del Mono, en su versión 2016 fue publicada el pasado 04 de febrero. La Ley N° 20.898, que «Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción» en esta ocasión presenta 3 principales beneficiarios, en cada uno de los 3 títulos que la componen:

  1. Viviendas de hasta 90 m2 y hasta 140 m2. 
  2. Microempresas inofensivas y Equipamiento Social
  3. Viviendas financiadas con subsidios del pasado terremoto del 27 de febrero de 2010.

Cada uno de estos 3 títulos tiene procedimientos diferenciados para regularizar, los cuales iremos detallando en los siguientes artículos relacionados, ya que el texto de la ley es extenso en cuanto a los requisitos que deberán cumplirse para cada título, los cuales hemos resumido en el siguiente cuadro, en sus principales características.

REQUISITOS GENERALES

  • Las edificaciones deben haber sido construidas con anterioridad al 04.02.2016, lo cual deberá certificarse mediante planos anteriores aprobados por la DOM, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales u otros similares.
  • La normativa rige para viviendas de áreas tanto urbana como rurales.
  • No deben estar emplazadas en áreas de riesgo, o estar afectos a utilidad pública o emplazadas en bienes nacionales de uso público y deben estar en zonas residenciales definidas por el Plan Regulador respectivo.
  • No tener reclamaciones escritas pendientes ante la DOM o el Juzgado de Policía local por incumplimiento de normas urbanísticas.
  • En caso de viviendas en «condominios» o acogidas a la Ley 19.537 de copropiedad inmobiliaria, deberán contar con la respectiva autorización de la asamblea de copropietarios.
  • No es requisito para esta Ley la obtención del Certificado de Informes Previos (CIP).
  • El avalúo se verificará mediante la presentación de un Certificado de Avalúo Detallado emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
leymono-16

VIGENCIA:

Hasta el 04 de febrero de 2022, es decir, 6 años desde su publicación, a excepción del título III cuyo plazo es de 2 años.

(Actualizado el 31 de Enero en la Ley N° 21.141, como se detalla en este artículo)

FORMULARIOS:

Asimismo, dejamos para su descarga los formularios únicos que para esta nueva ley ha distribuido el MINVU.

ACTUALIZACIÓN:

La modalidad para microempresa inofensiva no está vigente desde febrero de 2019.

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50 comentarios

  1. Estimado,

    Quisiera consulta lo siguiente-:

    MI casa original era de 90 metros construidos, pero hice una ampliación de 80 metros, por lo que excedo los 140 metros maximo de a ley del mono, pero mi avaluo es inferior a las 2.000 UF, existe la posibilidad de que se puediese acoger una solicitud como la que he descrito?,

    Atte

    Ricardo Gonzalez

  2. Estimado, quisiera realizar la siguiente consulta:
    Mi casa, que es parte de una etapa de construcción de una villa, es originalmente de 45 m2 que posteriormente amplié a 130 m2 aproximadamente. Pero esta presenta recepción final del conjunto habitacional del año 2000. ¿aplicaría para este tipo de regularización? lo pregunto ya que para acreditar que es una construcción anterior al 02 febrero 2016 se puede hacer mediante planos anteriores aprobados por DOM,

    Atte,

    Rodrigo

    1. Rodrigo:
      Para acreditar la antiguedad de la vivienda se puede presentar una boleta de servicios o algún otro documento que acredite la existencia de la edificación (ampliación en este caso).
      Los planos que usted menciona entiendo que son de la construcción original, por lo que no servirian en este caso, ya que no contemplan la ampliación que se quiere regularizar.

      Saludos.

  3. Estimado:
    Si la vivienda posee recepción final cuando la compraron (es decir solo el primer piso), es posible realizar la regularización (dos pisos actualmente) a través de la ley 20898?

  4. Estimado, con el item no debe tener recepcion final previa se refiere al total de la construcción, en mi caso mi casa tiene una recepción muy antigua de 70 mts2 y actualmente amplie hacia arriba por lo que aparecio en sii 140mts2, puede ser regularizada o no??

    Gracias por su respuesta.

  5. Estimado, mi casa es de 50 metro cuadrados con una ampliación de 68 metros cuadrados, no excedo los 140 permitidos, ya tengo los formularios en mi poder ademas del plano, mi consulta es, necesariamente los planos deben ir firmados por un arquitecto.
    gracias.

    1. Paula:
      en ese caso se deberá comprobar mediante los otros antecedentes que permite la ley, como:
      – Planos aprobados
      – Cuentas de servicios
      – Certificado de Contribuciones
      – Catastros municipales o de otros organismos públicos

      Algunos municipios también aceptan un informe gráfico visado por el Arquitecto Patrocinante.

      Saludos.

  6. Hola, una vivienda de 130 m2 que no ha sido regularizada, pero tengo una duda, el avaluo del SII es mas de las 2.000 UF, no califica? El avaluo se debe referir a la vivienda en si, o incluye el terreno ? porque los avaluos del SII incluyen el sitio. Quiere decir que la norma solo se podria aplicar a viviendas que no se encuentren en comunas del oriente de Santiago ?

    1. Marcela:
      El espíritu de la Ley del Mono es beneficiar a las viviendas sociales de autoconstrucción, por lo que se establece tal límite de avalúo.
      Su vivienda se puede regularizar por el procedimiento normal, es decir solicitando primero el Permiso de Edificación y luego la Recepción Final.
      Para solicitar un presupuesto complete el formulario en este enlace

      Saludos.

  7. Estimados consulta, aunque se realice por la ley del mono, la regularización debe hacerla un arquitecto??’

  8. Hola
    tengo una propiedad que tiene una ampliación de 2,5 x 3 mts, incluyendola el inmueble es de 70 mts2
    Es una ampliación muy antigua, año 1990, de propietarios anteriores. ¿como puedo regularizarlo? puede ser mediante la ley del mono? Gracias.

  9. Como puedo saber si una ampliacion esta regularizada, pues auque la persona que me vendio, me indico que lo estaba, pero yo tengo dudas, ya han pasado 11 años que compre, casa usada.
    Gracias

  10. Cuando habla de que las edificaciones deben haber sido construidas antes del 04.02.16, se refiere a las ampliaciones?? realice una ampliación y cumplo con los requisitos de dimensiones, pero está se realizó con fecha posterior a la indicada y quiero regularizar a través de esta ley, esto es posible?

  11. Buenas tardes Estimado, muchas gracias por tomarse el tiempo de mantener su web tan útil para todos. Tengo una duda: Si no es requisito para esta ley la obtención del Certificado de Informes Previos ¿Cómo se si mi vivienda está o no emplazada en Zona de Riesgo?

  12. Consulta
    Cuando indica que las edificaciones deben haber sido construidas antes del 04/02/2016, se refiere a la construccion original o la ampliacion. Pregunto porque mi casa tiene una antiguedad de unos 3 años app y este mes realizamos una ampliacion que sumo 12m² a los 57m² ya contruidos. Podré regularizarlo con esta ley?
    saludos

  13. QUE PASA CON LA INSTALACION ELECTRICA QUE PRESENTA UNA AMPLIACION, COMO LO TOMA LA LEY DEL MONO..NO SE NECESITA CERTIFICARLA ANTE EL SEC

    1. Patricio:
      No es requisito para esta Ley del Mono presentar la Certificación de las instalaciones interiores, el Arquitecto patrocinante debe certificar que estas funcionan correctamente y de acuerdo a la normativa vigente.

      Saludos.

  14. buenos días mi consulta es tengo una casa de vivienda social que mide 60 m2 y una ampliación de 20 m2 y una futura ampliación segundo piso que aun no se construye 60 m2 total 140 m2 la consulta es si me puedo acoger a la ley del mono aunque el futuro segundo piso aun no se construya

    resumen

    vivienda social 60 m2 CONSTRUIDA
    ampliación primer piso 20 m2 CONSTRUIDO
    futura ampliaciÓn segundo piso 60 m2 POR CONSTRUIR

    1. Pepe:
      La Ley del mono actualmente vigente solo permite regularizar edificaciones existentes de manera previa a febrero de 2016, por lo que su proyecto no podría acogerse a esta ley.

      Saludos.

  15. saludos:
    Mi duda es con respecto a una ampliación destinada a garaje, el cual esta techada y adosada, pero abierta hacia el frente y costados, soportada por pilares de madera de 4″x4″, me refiero a que no tiene forro hacia el deslinde adosado quedando transparente hacia el vecino (reja y luego pandereta). debo cumplir con la resistencia al fuego de f-60?

  16. saludos, mi duda es: para una regularizacion por ampliacion (30 m2) se necesita la firma de un arquitecto en los planos a ingresar en la municipalidad para la regularizacion?

  17. Buen día

    Quiero regularizar mi propiedad de 80m2 con una ampliación de 20m2, solicité un certificado de avalúo detallado, pero este se divide entre avalúo total, avalúo afecto a impuesto y avalúo exento de impuesto, cual utilizo? puesto que si es el total a la UF de hoy me da 2060UF, y tengo esa duda.

    Quedo atento y además consulto como me contacto con uds.

  18. Hola
    mi consulta es si para cumplir los montos máximos de avalúo, se considera el valor final, excluidos los montos exentos o si se considera solo el valor del avalúo de la vivienda.

    1. Eduardo, entendemos que el avalúo exigido es solamente para lo que indica el Certificado, no hay información clara al respecto por parte del MINVU, pero esa es nuestra interpretación.
      Saludos

  19. Hola, una consulta, tengo una casa de subsidio del año 2012, de 48 m2, el año 2013 realize una ampliación de 24 m2, mi consulta es posible regularizar la por la ley 20898

  20. Buenas tardes, consulta, ¿la ley del mono aplica para un vivienda construida recién el año 2017 (término de construcción en dic del año indicado? teniendo boletas de luz y agua recién en año 2018.
    Espero su respuesta, gracias de antemano

  21. Una consulta, que pasa si la casa no tiene antecedentes en la municipalidad? Se puede ingresar por la ley del mono?

  22. Buenos días.
    Necesito regularizar casi 100 m2 de un 2 piso , el primer piso tiene 90 m2 regularizados (ley 19.583) ahora sobrepaso los 140m2 para regularizar por ley del mono, favor indiqueme que documentos debo solicitar para regularizar mi propiedad por la ley normal, el primer y segundo piso fueron construidos antes del 2016.

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